Cumplimiento
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Todo lo que debes saber sobre la debida diligencia

Publicado
October 21, 2025
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La debida diligencia es un procedimiento mandatorio en Colombia, exigido por la normativa para verificar a todos los clientes actuales y potenciales, sean personas naturales o jurídicas, con las cuales una organización establece relaciones contractuales.

¿Cuál es el marco normativo de la debida diligencia?

La relevancia de este proceso se consolidó cuando Colombia adoptó las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Una de estas recomendaciones se centra en la debida diligencia para identificar al beneficiario final y asegurar la disponibilidad de información precisa y oportuna sobre las contrapartes.

La Superintendencia Financiera de Colombia, en su Boletín Jurídico # 67, establece que las entidades vigiladas deben demostrar la ejecución de este proceso. En caso de no obtener la información de un cliente o proveedor, la organización debe dejar constancia documentada de haber realizado los esfuerzos necesarios para conseguirla. Esta evidencia es clave para la administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y para decidir si se establece o mantiene el vínculo comercial.

Adicionalmente, la debida diligencia es una herramienta directa para combatir la corrupción. La Ley 1778 de 2016 la valida como un mecanismo eficaz para prevenir el soborno transnacional, una práctica que busca la obtención irregular de licitaciones y contratos públicos, y que conlleva graves sanciones.

LOGO GAFI (FATF POR SUS SIGLAS EN INGLÉS)

Un enfoque basado en el riesgo: No todos los terceros son iguales

Es importante aclarar que el nivel de rigurosidad en la debida diligencia puede variar. Como señala Fernando Niño Quintero en su artículo ‘La debida diligencia como herramienta para prevenir el soborno transnacional’, "no todos los terceros deben ser sujetos de la aplicación de una debida diligencia" y "el nivel de aplicación... puede variar en función del riesgo que representa el tercero".

Para evaluar este riesgo de manera objetiva, se recomienda utilizar Indicadores Clave de Riesgo (KRI), que incluyen:

  • La localización geográfica.
  • El sector industrial al que pertenece.
  • Antecedentes e identificación del tercero (fuentes públicas, accionistas, directores).
  • El contacto con entidades gubernamentales en el desarrollo de su contrato.

¿Cómo simplificar la debida diligencia y crecer con seguridad?

Realizar este proceso de forma manual es complejo y consume tiempo valioso. Verificar listas restrictivas, antecedentes y estructuras corporativas para cada cliente y proveedor puede paralizar la operación y generar fricción.

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