Cumplimiento
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Presentación de informes financieros para el año 2026

Publicado
March 24, 2026
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SuperSociedades ante su responsabilidad de inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, publicó los plazos que tienen las empresas para la presentación de estados financieros e informes correspondientes a su desarrollo empresarial ya sea que se encuentren en marcha o no. Estos informes son fundamentales para entender el entramado empresarial, tener conocimiento del crecimiento de las empresas, el empleo que están generando, entre otros aspectos que abogan por la transparencia societaria. A continuación, se relacionan los plazos estipulados y las consideraciones a tener en cuenta para las respectivas presentaciones de información. 

Informes 01 y 01 – A 

Para los estados financieros a corte de 31 de diciembre, también entendidos como estados fin de ejercicio, SuperSociedades publicó los siguientes plazos: 

Entre otras consideraciones, se establece que las empresas que están obligadas a presentar estados consolidados o combinados tendrán plazo hasta el 31 de mayo de 2026. Y para los sujetos intervenidos que cumplan con la Hipótesis de Negocio en Marcha (HNM), los interventores deberán preparar y presentar la información financiera de fin de ejercicio en los informes 01 o 01A en los plazos establecidos para estos informes. 

Documentos adicionales 

Así mismo, estos estados deben presentarse con unos documentos adicionales, con la condición de que no será admitida la presentación de los estados financieros si no se presentan estos documentos en los plazos establecidos. 

XBRL como nuevo sistema

En 2025, SuperSociedades anunció que pronto STORM dejará de existir y toda la presentación de informes se hará en formato XBRL y que, en ese sentido, las empresas tendrán capacitaciones para poder llevar a cabo este proceso. Este Lenguaje Extensible de Reportes de Negocios (XBRL por sus siglas en inglés) aparece como un nuevo marco normativo contable y tiene las siguientes particularidades para las empresas:

  • Para generar un archivo con extensión XBRL se puede descargar el aplicativo XBRL Express que después deberá ser remitido al Sistema Integrado de Reportes Financieros (SIRFIN). Para el proceso de descarga e instalación es necesario contar (solicitala aquí)una licencia de uso por la sociedad. 
  • Al usar este sistema será posible consultar informes que se encuentran autorizados para transmitir, enviar archivos XBRL, consultar el estado del envío del archivo y enviar los documentos adicionales que se requieran.  

Otros tipos de informes 

Para 2026, SuperSociedades también estableció fechas para otros informes más específicos, pero que deben acogerse a un calendario como:

  • Los estados financieros de las cámaras de comercio deben ser enviados a más tardar el 31 de marzo de 2026.
  • Las entidades que se encuentran en acuerdos de recuperación deben presentar la información financiera de fin de ejercicio en los mismos plazos de los estados financieros fin del ejercicio mencionados anteriormente. 
  • Las empresas que se encuentran en acuerdos de recuperación deben presentar, además: 
  • Para empresas acogidas a la Ley 550/99, el informe 03A – 10, sobre acuerdos de recuperación del periodo 1 de enero al 30 de junio, deberá presentarse dentro de los primeros cinco días hábiles de agosto de 2026.
  • Para empresas en procesos de organización que se acogen a la Ley 1116/06 tienen plazos diferentes para presentar el informe 03A – 10. Del 1 de enero al 31 de marzo del 2026, en los 5 primeros días del mes de mayo. Del 1 de enero al 30 de junio del 2026, los 5 primeros días del mes de agosto. Del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026, los 5 primeros días del mes de noviembre. 

Información financiera de entidades que no se encuentran en marcha 

La entidad, en su labor de control, también presentó los plazos para las entidades que por diversas razones no se encuentran en marcha, pero que deben dar cuenta de su información financiera como:

  • Sujetos admitidos en proceso de liquidación que no cumplen con la Hipótesis de Negocio en Marcha.
  • Entidades empresariales sometidas a vigilancia o control en proceso de liquidación voluntaria. 
  • Entidades empresariales sometidas a vigilancia o control en causal de disolución por el no cumplimiento de la HNM.
  • Personas jurídicas, persona natural comerciante y persona natural no comerciante en causal de disolución por el no cumplimiento de la HNM.

Finalmente, la publicación de estas fechas hace hincapié en que la presentación de estos informes y estados financieros evitará incurrir en sanciones o multas que rondan los 200 SMLMV y que no solo afectarían las operaciones de la compañía, sino su reputación frente al sector. Además, ya se publicaron también las fechas para los informes no financieros que tampoco pueden desatenderse. Por eso, si las empresas necesitan asesoría para la creación, gestión o presentación de los informes no financieros como el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y Programa de Transparencia y Ética Empresarial-(PTEE) pueden ponerse en contacto con nosotros y consultar las opciones que tenemos para facilitar estos procesos que deben ser tan estrictos como la presentación de estados financieros. 

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