Cumplimiento
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Calendario de cumplimiento 2026: Guía de informes de la Superintendencia de Sociedades

Publicado
July 16, 2026
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Cada año, las empresas en Colombia deben entregar reportes específicos a la Superintendencia de Sociedades. Por ello, esta guía te explica de forma sencilla qué debes reportar en julio de 2026, quiénes están obligados y cuáles son las fechas límite para evitar sanciones corporativas.

La base de estas obligaciones se encuentra en la Circular Externa 100-000002 del 14 de marzo de 2025 de la Superintendencia de Sociedades, la cual regula la presentación de la información no financiera.

Informe 08 – Reporte de Sostenibilidad (Voluntario)

Entidades convocadas a presentar este reporte de manera voluntaria: 

  • Entidades vigiladas o controladas que registren ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 SMLMV con corte al 31 de diciembre del año anterior.
  • Entidades de los sectores minero-energético, manufactura, construcción, turismo, TIC y nuevas tecnologías con ingresos iguales o superiores a 30.000 SMMLV en el año inmediatamente anterior.

Plazos julio 2026 (según últimos 2 dígitos del NIT, sin el dígito de verificación):

Últimos 2 dígitos del NIT Fecha de Vencimiento (Julio 2026)
01 - 10Miércoles 1 de julio
11 - 20Jueves 2 de julio
21 - 30Viernes 3 de julio
31 - 40Lunes 6 de julio
41 - 50Martes 7 de julio
51 - 60Miércoles 8 de julio
61 - 70Jueves 9 de julio
71 - 80Viernes 10 de julio
81 - 90Lunes 13 de julio
91 - 00Martes 14 de julio

Para este trámite, el Representante Legal debe firmar un documento adicional titulado "Constancia Reporte de Sostenibilidad". En este archivo se declara de forma expresa que los datos enviados son reales y quedan sujetos a verificación por parte de la Superintendencia de Sociedades.

Informe 58 – Oficiales de Cumplimiento (Obligatorio)

Los Sujetos Obligados deberán designar un Oficial de Cumplimiento para el SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva ) y otro para el PTEE (Programa de Transparencia y Ética Empresarial) Una misma persona puede asumir ambos roles. Este informe se debe diligenciar de forma obligatoria cada vez que ocurra una novedad o cambio en el cargo.

¿Cuándo presentarlo?

  • Por designación o cambio: cuentas con un plazo máximo de 15 días hábiles después del nombramiento.
  • Por remoción o renuncia absoluta: el Oficial saliente debe realizar el envío antes de terminar su contrato. Por esta razón, si se presentan inconvenientes, el Representante Legal asumirá la entrega del reporte.

¡Ten en cuenta! El informe solo se entenderá recibido con la presentación de los siguientes documentos:

  • Requisitos compartidos para ambos roles (SAGRILAFT - PTEE):
    • Hoja de vida.
    • Certificación del cumplimiento de requisitos.
    • Copia del acta de designación.
    • Certificado de verificación de inhabilidades e incompatibilidades.
  • Requisitos exclusivos SAGRILAFT:
    • Copia del registro ante el SIREL (UIAF).
    • Documento que acredite conocimiento en administración de riesgos LA/FT/FPADM.
  • Requisitos exclusivos PTEE:
    • Documentación que acredite conocimiento en riesgos PTEE.

Informe 75 – SAGRILAFT, RMM y PTEE (Obligatorio)

Su presentación es obligatoria para todos los sujetos obligados a cumplir con SAGRILAFT, Régimen de Medidas Mínimas (RMM) y PTEE, deberá ser remitido anualmente dentro de los siguientes términos:

Plazos julio 2026 (según últimos 2 dígitos del NIT, sin el dígito de verificación):

NIT (Últimos 2 dígitos) Fecha de Vencimiento (Julio 2026) Día de la semana
01 - 1015 de julioMiércoles
11 - 2016 de julioJueves
21 - 3017 de julioViernes
31 - 4021 de julioMartes
41 - 5022 de julioMiércoles
51 - 6023 de julioJueves
61 - 7024 de julioViernes
71 - 8027 de julioLunes
81 - 9028 de julioMartes
91 - 0029 de julioMiércoles

Los plazos estipulados por la autoridad son improrrogables. De esta manera, el informe se considerará formalmente entregado únicamente cuando el sistema emita el número de radicado correspondiente en el aplicativo SIRFIN.

Aspectos importantes para el envío

El Sistema Integrado de Reportes Financieros (SIRFIN) es la plataforma oficial de la Superintendencia de Sociedades de Colombia. Mediante este canal, las empresas supervisadas envían su información bajo estándares internacionales como las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y el formato XBRL.

Para procesar los informes 75, 58 y 08, debes descargar el aplicativo XBRL Express desde el portal institucional, estructurar los datos y transmitirlos por el módulo SIRFIN. Si tu empresa está obligada a reportar los informes 75 u 08 y no aparece habilitada en la plataforma, debes redactar un correo a infonofinanciera@supersociedades.gov.co especificando el NIT, la fecha de corte, la razón social, el nombre del contacto y su cargo corporativo.

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