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Publicado en 
May 13, 2022

UIAF: calendario de reportes 2022

La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) como organismo de inteligencia económica y financiera del país, se encarga de administrar, analizar y sistematizar la información recabada por instituciones reportantes y fuentes abiertas en el marco de las leyes 526 de 1999 y 1621 de 2013 y reglamentada por el Decretro compilatorio 1068 de 2015, para prevenir, identificar y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo (LA/FT) en Colombia. 

Gracias a la implementación de nuevas tecnologías, la UIAF ha facilitado la incorporación tanto de actores públicos como privados en el país para optimizar el análisis de la información y los riesgos en los distintos sectores de la economía. 

Es por ello que las Empresas Obligadas tienen el deber de reportar ante la UIAF las Operaciones Sospechosas que sean detectadas en el desarrollo normal de sus actividades y negocios. 

¿Cuáles son las Empresas Obligadas y qué operaciones se deben reportar?

Atendiendo al capítulo x de la Circular Básica Jurídica (2017) con un enfoque basado en riesgos, forma parte de las Empresas Obligadas los sujetos que deben adoptar medidas para la prevención del LA/FT: 

“sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales vigiladas por la Superintendencia de Sociedades y que tengan o llegaren a tener ingresos brutos iguales o superiores a 160.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Las Empresas no obligadas tomarán en consideración dicha normatividad como una recomendación para prevenir y combatir los riesgos LA/FT en beneficio de la empresa y sus vinculados. Forma parte de las tareas de toda empresa y administrador el gestionar, analizar, evaluar y detectar los posibles riesgos, así como adoptar las medidas adecuadas. 

Las Empresas Obligadas deben reportar todas las operaciones sospechosas (ROS): constituidas por aquellas operaciones inusuales respecto a la actividad económica normal de la empresa o que por la cuantía, se sale de las prácticas habituales de los negocios de una industria o sector y no se encuentra una justificación razonable, ya que se convierte en sospechosa cuando no se proporciona mayor información o las explicaciones presentadas son inconsistentes. 

Además, si la empresa tiene el conocimiento de una operación intentada, (cuando se conoce la intención de realizar la operación sospechosa, pero se desistió de la misma o no fue posible debido a los controles establecidos) deberá reportarla como ROS ante la UIAF, en la medida de lo posible.

Por otro lado, de no presentarse operaciones sospechosas después de un trimestre, será necesario informar la Ausencia de Reporte de Operaciones Sospechosas (Aros) ante la UIAF.

¿Cómo se hacen los reportes de operaciones sospechosas?

El reporte se debe realizar de manera inmediata, es decir, en el momento en que se cataloga la operación como sospechosa. La presentación de un ROS no es una denuncia penal, por lo que no es necesario establecer la actividad delictiva ni el tipo penal. Bastará con que dicha operación sea catalogada como sospechosa, sin embargo, la presentación de estos reportes constituye una obligación de denuncia en la medida que se logren detectar, y, tanto el reporte como los soportes e información que se obtengan al respecto deben de conservarse durante los 10 años siguientes.

Los reportes  se deben hacer a través del Sistema de Reporte en Línea (Sirel). De acuerdo a las instrucciones referidas en el Manual de Usuario SIREL, el cual podrá ser modificado por la UIAF en cualquier momento. 

Calendario de reportes 2022: Superintendencia de la Economía Solidaria

La Superintendencia de la Economía Solidaria con apoyo de la UIAF incorporó un cronograma para la implementación de los reportes. El calendario de reportes UIAF para el 2022, señala, como ya se ha dicho, que toda Operación Sospechosa debe ser reportada de manera inmediata a su identificación a través del SIREL.

La Ausencia de Operaciones Sospechosas debe reportarse a los 10 días siguientes de transcurrido un trimestre sin que la Empresa Obligada realice un ROS.

Se plantea un periodo para la Recepción de Reportes de Ausencia de Operaciones Sospechosas y un periodo de Recepción de Reportes de Transacciones que para ambos casos se lleva a cabo a partir del primero (1) al veinte (20) de enero de 2022 y se continúa de manera trimestral en los meses de abril, julio y octubre desde el 1 al 20 de cada mes. Y se propone un monto de reporte de transacciones de 10 millones (individuales) y de 50 millones (múltiples).

Calendario dirigido al sector vigilado por la Superintendencia de la Economía Solidaria para Organizaciones de la Economía Solidaria que no ejercen actividad financiera. Bajo la normatividad de la Circular Externa 32 de 2021 y el numeral 2.2.7.2 del Capítulo XVII del título V de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

Forman parte de las entidades reportantes las Organizaciones de economía solidaria que no ejercen actividad financiera del cooperativismo y deben aplicar el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft).

Accede al calendario aquí. 

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Te recomendamos leer: ¿Qué es el ROS y el AROS, cuándo lo debemos hacer y cómo se realiza?

Etiquetas:

Circular Jurídica
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LA/FT/FPADM
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Ana María Perea

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