Avances y desafíos del protocolo de finanzas abiertas en Colombia

Las finanzas abiertas se han consolidado en los últimos diez años como una de las apuestas del sector financiero más llamativas y transformadoras. Desde que en 2016 se instaló en Reino Unido, grandes potencias han acogido este protocolo y han variado entre hacerlo voluntario, obligatorio y expedir decretos para su regulación. Colombia no se ha quedado atrás y ha acogido este sistema paulatinamente y se espera que, en 2025, un decreto, transforme la forma en la que se entienden las finanzas abiertas en el país. A continuación, revisamos cómo se ha comportado este protocolo en el país y que es lo que se espera del mismo.
Decreto 1297 de 2022 y Artículo 89 la Ley 2294 de 2023
El banco interamericano de desarrollo (BID) define las finanzas abiertas como un ecosistema de servicios financieros donde los datos personales de los consumidores se comparten, con su consentimiento previo e informado, entre las instituciones financieras que ofrecen servicios y productos financieros a la medida y basados en información. Con esta definición, países como Colombia empezaron a expedir documentos para guiar esta implementación en el país.
En 2022, el país dio el primer paso con el Decreto 1297 que estableció un carácter de finanzas abiertas voluntario por medio de la modificación de artículos claves del Decreto 2555 de 2010 como:
- Vincular a los comercios al sistema de pago de bajo valor.
- Suministrar al comercio tecnologías de acceso que permitan el uso de instrumentos de pago.
- Procesar y tramitar órdenes de pago o transferencia de fondos iniciadas a través de las tecnologías de acceso.
- El Banco de la República en su calidad de entidad administradora de sistemas de pago de bajo valor, podrá desarrollar la actividad de iniciación de pagos.
Con este marco inicial, se brindó una seguridad sobre la facultad de las entidades financieras para tratar los datos personales de sus consumidores, habilitó la comercialización de información como un mecanismo para promover la exposición de protocolos de intercambio automático de información y encargó a la SuperFinanciera la definición de los estándares requeridos para promover el desarrollo de la arquitectura financiera abierta.
Sin embargo, después, acogiéndose a la política pública nacional, el artículo 89 la Ley 2294 de 2023 estableció que todas las entidades públicas y privadas deberán brindar acceso y suministrar toda aquella información que pueda ser utilizada para facilitar el acceso a productos y servicios financieros. Este cambio dispuso un ambiente para transitar del esquema voluntario a la obligatoriedad. Este proyecto que busca terminar en un decreto, aborda aspectos como:
- Ámbito de aplicación, objetivos y principios.
- Alcance de la obligatoriedad.
- Roles y responsabilidades de los participantes.
- Costos de acceso.
- Principio de reciprocidad.
- Esquema de gobernanza.
- Directorio de participantes.
- Actividades de los terceros de confianza.
- Indicadores de seguimiento y monitoreo del sistema de finanzas abiertas.
Este documento se publicó para comentarios del público interesado y a partir de los comentarios, se publicó un nuevo borrador en junio de 2025 con miras a expedir el decreto definitivo.
El decreto que busca la obligatoriedad
El decreto que se espera en 2025, es un paso crucial para el país y para el sistema de finanzas abiertas en el mundo. La expedición de esta nueva normativa, buscaría llevar a la obligatoriedad de los aspectos de finanzas abiertas y marcaría un hito para el país al equipararse con países como Brasil que ya cuenta con un marco regulatorio de carácter obligatorio.
Además, expertos de la industria fintech esperan que el documento también incluya una normativa clara para incentivar la competencia en el sistema financiero con la inclusión de nuevos agentes como las fintech. Pero también se resalta que en el documento se consideran aspectos claves para proteger los datos de los consumidores, la reglamentación de casos de uso innovadores como la iniciación de pagos, la gestión de riesgos de ciberseguridad y la inclusión de nuevos actores.
Tecnología compartida y gestión de riesgos de ciberseguridad
Uno de los aspectos que más se destacan en la infraestructura de finanzas abiertas en el mundo es el uso de interfaces de programación de aplicaciones conocidas como API, que permiten que bancos tradicionales, firmas de corretaje, compañías de seguros y otras entidades financieras puedan solicitar y compartir información de forma segura. Las API se han convertido en un pilar para que los usuarios compartan su información de forma segura, controlada y eficiente entre diferentes actores del sistema financiero en el sistema de finanzas abiertas del mundo.
En Colombia se espera que el enfoque sea el mismo y que con la inclusión de las fintech la integración API sea un pilar del sistema financiero del país. Igualmente, se contempla que la ciberseguridad se priorice para proteger los datos de los usuarios, e intercambio de datos entre entidades y la información verídica y actualizada.
Es así que las entidades financieras que ya están implementando el sistema de finanzas abiertas de forma voluntaria y que se preparan para el decreto, deben empezar a propender por datos seguros, claros, confiables y que contemplen aspectos como la ciberseguridad. Es por eso que contar con servicios como el de Tusdatos, les proporciona a las entidades financieras la posibilidad de integrar, por medio de una API o con acceso en la web, una herramienta de validación confiable y acceder a datos públicos de forma segura y actualizada. Validar identidad, antecedentes, revisar listas restrictivas, validar fallecidos o conocer la reputación de clientes está al alcance de un clic para aquellas entidades que cuenten con el servicio en la web o puedan realizar una integración vía API.
Con la integración de un servicio como el de Tusdatos, acoger la obligatoriedad será más sencillo porque cuentan con un almacenamiento de datos de usuarios confiable y que se rige por todas las leyes de protección de datos. Lo que garantizará procesos más efectivos, alineados con la norma y que permitirán más efectividad en las operaciones al reducir tiempos de validación, verificación y almacenamiento de datos.
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